AMLO, su salud, la opacidad y el testamento que no vale
Por Mónica Camarena Crespo
El 24 de julio del 2013 la coordinación de comunicación social de la presidencia emitía un comunicado en donde se daba a conocer que el presidente Enrique Peña Nieto cinco días después, sería sometido a una intervención quirúrgica con el fin de retirarle un nódulo tiroideo.
Acorde con las formas de un jefe de estado, en el boletín se informaba “El Presidente tendrá un periodo de recuperación de cuatro días en la Residencia Oficial de Los Pinos, durante los cuales atenderá únicamente reuniones de trabajo privadas”.
Posteriormente en 2015, esta vez sin anunció previó, se dio a conocer que Peña Nieto había sido operado para retirarle la vesícula biliar.
Como corresponde, se informó al pueblo del estado de salud del presidente en turno, incluso se dio detalle de dicha intervención quirúrgica a través del responsable en ese momento “El director del Hospital Central Militar, general de brigada médico cirujano Fernando Arcaute, dijo en rueda de prensa que el mandatario presentó un cuadro de colecistitis aguda, es decir, una inflamación súbita de la vesícula biliar no relacionada a cálculos y se le realizó una cirugía laparoscópica que no tuvo mayores complicaciones”.
El presidente López Obrador explicó que el viernes ingresó al Hospital Central Militar para que le hicieran un cateterismo cardiaco luego de que médicos hicieran una prueba de esfuerzo y determinaron que la intervención era necesaria.
El sábado ya se vio en fotografías y video como si nada hubiese pasado, con una falta de responsabilidad en el cuidado de su salud tomando en cuenta que el protocolo después de un cateterismo cardiaco señala que el tiempo de reposo es de 4 a 5 días.
Pero no conforme con presumir presunto vigor y hasta burlarse de que su vida esta en riesgo, el presidente se atrevio nuevamente apegado a su debilidad por las monarquias a decir que ya tenia un “testamento político” en caso de faltar.
AMLO sabe que la ausencia de un presidente se norma en la Constitución no por un testamento sin validez legal. Y por si alguien le creyó al mandatario una más de sus “payasadas” se tienen que repasar algunas líneas.
En la Constitución el artículo 84 señala: En caso de falta absoluta del Presidente de la República, en tanto el Congreso nombra al presidente interino o substituto, lo que deberá ocurrir en un término no mayor a sesenta días, el Secretario de Gobernación asumirá provisionalmente la titularidad del Poder Ejecutivo.
@monicamarena