Inconstitucional, prohibición de 10 años a ex servidores públicos para trabajar en IP: SCJN

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Por unanimidad, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de Nación (SCJN) declaró inconstitucional la restricción de 10 años para que los altos ex servidores públicos puedan trabajar en empresas con las que tuvieron relación para vigilar, regular o supervisar, una vez concluido su encargo.

El proyecto de la ministra Norma Lucía Piña Hernández dio cauce a la acción de inconstitucionalidad 139/2019 presentada por senadores de oposición en contra del decreto con el que se expidió la Ley Federal de Austeridad Republicana (LFAR).

En el artículo 24 de dicha legislación se estableció la prohibición para que ex funcionarios de alto nivel, que cuenten con información privilegiada, trabajen en empresas con las que tuvieron relación.

Durante la discusión, se acordó que la LFAR establece un plazo innecesariamente largo, en comparación con otras medidas alternativas que podrían utilizarse, y que la norma se dirige a un universo de sujetos que resulta desproporcionadamente amplio.

“No todos los cargos de mando superior tienen las mismas responsabilidades, ni presentan el mismo grado de riesgo de corrupción, por lo tanto, me parece que la norma es sobre inclusiva”, afirmó el presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar.

A su vez, el ministro Luis María Aguilar planteó que la medida puede generar incertidumbre entre los sujetos involucrados, debido a que otras leyes establecen una restricción muy menor para incorporarse a la iniciativa privada.

“Deja en un sentido de incertidumbre, de poca claridad jurídica, el hecho de que en esta ley se señala un periodo de 10 años como prohibición, mientras que en la Ley de Responsabilidades se señala solamente un año”, expuso.