La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional que legislaciones locales reconozcan “la vida humana desde la concepción”, pues las reformas realizadas en ese sentido surgieron para propiciar un ambiente de criminalización del aborto.
Los 11 ministros de la Corte invalidaron la fracción I del Artículo 4 Bis A de la Constitución de Sinaloa que establecía que “el Estado tutela el derecho a la vida desde el momento en que un individuo es concebido”.
“Debe ser claro que esto trastoca el orden constitucional y los valores de un Estado laico, plural y democrático, e impone a las mujeres y personas gestantes una carga desproporcionada”, señaló el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, autor del proyecto de la sentencia.
La Corte abordó la impugnación que hicieron la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y diputados a una reforma de la constitución de Sinaloa en 2018 para que el Estado “defienda la vida desde la concepción”.
En unos 20 estados se han realizado reformas constitucionales para reconocer “la vida humana desde la concepción”, modificaciones que no prohíben el aborto, pero crean un ambiente de persecución e incertidumbre, según asociaciones civiles y como reconocieron los ministros.
Uno de esos estados es el de Veracruz, en cuyo artículo 4 constitucional aún se establece el “derecho a la vida desde el momento de la concepción” como una obligación del Estado, lo cual fue legislado por iniciativa del gobierno de Javier Duarte de Ochoa en 2016, a instancias de la Iglesia Católica.