Personas no binarias no ocuparán espacios de mujeres en candidaturas, sentencia Tribunal Electoral

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Las personas no binarias no ocuparán lugares asignados para mujeres en los procesos electorales, por lo que al ser enlistadas en las listas de representación proporcional deberán ocupar los lugares para hombres, determinó por unanimidad la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

De acuerdo con la sentencia de los magistrados, los partidos políticos deben asegurar que exista 50 por ciento de candidaturas de mujeres y que el costo de representación de la población no binaria sea trasladado a los hombres “al ser el sector que no ha sido históricamente discriminado”, garantizando con ello el acceso de las mujeres a los cargos públicos.

El TEPJF consideró que existe un deber de postular candidaturas de la diversidad sexual y de identidad de género y, con el fin de armonizar el principio de paridad de género y acciones a favor de personas de la comunidad LGBTTTIQ+, los lugares cedidos deberán ser de hombres cuando se trate de personas no identificadas como hombre o mujer.