Presidenta del Tribunal Superior de Justicia de Veracruz impugna su evaluación de desempeño ante Tribunal de Disciplina Judicial y exige anular el procedimiento

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*Rosalba Hernández Hernández presentó un recurso ante el Tribunal de Disciplina Judicial para impedir que se le aplique una evaluación ordinaria de desempeño. Argumenta que sus funciones son de representación y dirección, no jurisdiccionales, por lo que considera que someterla a los mismos criterios que jueces y magistrados vulnera sus derechos.

 

La magistrada presidenta del Tribunal Superior de Justicia de Veracruz (TSJ), Rosalba Hernández Hernández, presentó un recurso de impugnación contra el procedimiento de evaluación de desempeño iniciado en su contra por el Tribunal de Disciplina Judicial (TDJ), al considerar que ese órgano carece de competencia para someterla a una revisión bajo los mismos criterios aplicables a jueces y magistrados que ejercen funciones jurisdiccionales.

En un escrito fechado el 26 de octubre de 2026, recibido ese mismo día por el Tribunal de Disciplina Judicial, la presidenta del Poder Judicial de Veracruz solicitó expresamente declarar la nulidad e invalidez del procedimiento de evaluación, argumentando presuntas violaciones a los principios de legalidad, seguridad jurídica e igualdad.

El documento, correspondiente al expediente TDJ/118/2026, está dirigido a los magistrados integrantes del Pleno del Tribunal de Disciplina Judicial y constituye una impugnación formal contra el acuerdo PTDJ/SE/016/26, aprobado el pasado 13 de octubre, mediante el cual se determinó iniciar su evaluación ordinaria de desempeño.

La controversia resulta relevante porque enfrenta a dos de los principales órganos del Poder Judicial de Veracruz surgidos de la reforma judicial: el Tribunal Superior de Justicia, encabezado por Hernández Hernández, y el Tribunal de Disciplina Judicial, encargado de supervisar y evaluar el desempeño de las personas juzgadoras.

En su recurso, Rosalba Hernández Hernández sostiene que, aunque fue electa mediante voto popular como magistrada en materia constitucional, su condición de presidenta del Tribunal Superior de Justicia la coloca en una situación distinta a la de los magistrados que integran salas y resuelven controversias judiciales.

La funcionaria recuerda que participó en el proceso electoral extraordinario 2024-2025 y resultó electa como magistrada en materia constitucional, además de convertirse en la candidata más votada para el Tribunal Superior de Justicia de Veracruz.

Por esa razón, conforme al artículo 57 de la Constitución estatal, le correspondió asumir la presidencia del máximo tribunal sin integrar sala.

Desde entonces, argumenta, desempeña funciones de coordinación, dirección y representación del Poder Judicial, las cuales considera de naturaleza distinta a las tareas jurisdiccionales que realizan jueces y magistrados.

Su planteamiento central consiste en que no puede ser evaluada mediante indicadores diseñados para medir el trabajo de quienes emiten sentencias, tramitan expedientes y resuelven asuntos judiciales.

De acuerdo con el escrito, las funciones de la presidencia del Tribunal Superior de Justicia son de naturaleza orgánica, política, de representación legal y gestión, por lo que resultan incompatibles con las métricas estandarizadas de la judicatura común.

Incluso sostiene que aplicar los mismos criterios a funcionarios con responsabilidades diferentes puede constituir un trato discriminatorio.

La controversia comenzó formalmente el 21 de septiembre de 2026, cuando la presidencia del Tribunal Superior de Justicia recibió el oficio TDJ/PRE/419/2026.

Mediante ese documento se notificaron los acuerdos PTDJ/SE/011/26 y PTDJ/SE/012/26, a través de los cuales el Tribunal de Disciplina Judicial determinó realizar evaluaciones ordinarias y de seguimiento del desempeño de las personas juzgadoras electas mediante voto popular.

Posteriormente, el 13 de octubre, el Pleno del Tribunal de Disciplina Judicial aprobó el acuerdo PTDJ/SE/016/26, con el que se inició específicamente el procedimiento de evaluación correspondiente a Rosalba Hernández Hernández.

Al día siguiente, Jorge Sebastián Martínez Ladrón de Guevara, titular del Órgano de Evaluación del Desempeño Judicial, emitió el oficio TDJV/OEDJV/310/2026, mediante el cual se formalizó el aviso de evaluación dirigido a la presidenta del Tribunal Superior de Justicia.

Según el recurso, Hernández Hernández tuvo conocimiento de esa notificación el 21 de octubre, a las 10:40 horas, cuando abrió su correo electrónico institucional. Cinco días después presentó la impugnación ante el Tribunal de Disciplina Judicial.

Pide anular por completo la evaluación

En el apartado de peticiones del recurso, la magistrada presidenta solicita que se reconozca la procedencia de su impugnación y que se declare inválido el procedimiento iniciado en su contra.

La petición central establece textualmente: “Declarar la nulidad e invalidez del procedimiento de evaluación por las consideración vertidas en los agravios, de falta de competencia, violación al principio de legalidad y seguridad jurídica”.

La solicitud también menciona razones de temporalidad, improcedencia material y falta de claridad técnica en los criterios aplicados. Hernández Hernández pide que el Tribunal de Disciplina Judicial resuelva lo antes posible para evitar que la demora impida una tutela judicial efectiva.

Asimismo, designó como representantes legales a Raymundo Pérez Gil Cervantes y Francisco Cuevas Martínez para intervenir en las actuaciones relacionadas con el procedimiento.

El recurso fue presentado bajo la denominación de recurso de impugnación innominado, mediante el cual pretende que el propio Tribunal de Disciplina Judicial revise la legalidad de sus determinaciones.