Conceden suspensión contra aplicación del decreto del “Plan B” en elecciones de Coahuila y el Estado de México; podría causar «afectaciones irreparables al sistema democrático», considera ministro

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El ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Alberto Pérez Dayán, concedió la suspensión a la entrada en vigor en Coahuila y el Estado de México de las reformas electorales hasta hoy publicadas del llamado «Plan B», impulsado por el presidente Andrés López Obrador.

Con la finalidad de prevenir una violación de derechos irreversible, el ministro Pérez Dayán frenó la aplicación de las reformas a la Ley General de Comunicación Social y de la Ley General de Responsabilidades Administrativas en las entidades cuyo proceso electoral está en curso.

La decisión fue dictada al admitir siete acciones de inconstitucionalidad promovidas por los partidos de la Revolución Democrática, Acción Nacional, Revolucionario Institucional, Movimiento Ciudadano y las minorías en la Cámaras de Diputados y Senado.

Esto para el efecto de que no rija en los procesos electorales que se encuentran en desarrollo en el Estado de México y Coahuila, sobre la base de que “se promulgó en el plazo de veda electoral previsto en el penúltimo párrafo fracción II del artículo 105 de la Constitución Federal; contiene modificaciones legales fundamentales; y porque de no concederse (la suspensión), su aplicación podría causar afectaciones irreparables al sistema democrático y a los derechos fundamentales implicados en éste”.

El Ministro también suspendió la aplicación del nuevo concepto de «propaganda» contenido en estas reformas y que permite a los servidores públicos emitir sus opiniones políticas sin ser sancionados.

La resolución considera que la modificación de este concepto incide directamente en las reglas que regulan tres aspectos: la propaganda electoral, el principio de imparcialidad en el uso de recursos públicos a cargo de funcionarios para no incidir en la equidad en la contienda y los principios que deben regir en la configuración de las infracciones en la materia.

Los partidos y legisladores impugnaron en sus acciones de inconstitucionalidad las reformas a las dos normas, publicadas el pasado 27 de diciembre en el Diario Oficial de la Federación y entrando en vigor a partir del día siguiente.

Dichas modificaciones impiden a los estados y municipios gastar más del 0.1 por ciento de su presupuesto anual en su programa de comunicación.