Morena y aliados aprueban violar la Constitución para que funcionarios de todos los niveles promuevan revocación de mandato, al considerarla «información de interés público”

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Con 268 votos en favor y 213 en contra, los diputados federales de Morena y sus aliados PVEM y PT aprobaron una reforma legal que viola la Constitución, al autorizar a los servidores públicos de todos los niveles promover la consulta de revocación de mandato.

En el “Decreto por el que se interpreta el alcance del Concepto de Propaganda Gubernamental, principio de imparcialidad y aplicación de sanciones contenidas en los artículos 449, numeral 1, incisos b), c), d) y e) de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, y 33, párrafos quinto, sexto y séptimo y 61 de la Ley Federal de Revocación de Mandato”, el lopezobradorismo en San Lázaro estableció que “no constituyen propaganda gubernamental las expresiones de las personas servidoras públicas, las cuales se encuentran sujetas a los límites establecidos en las leyes aplicables”.

“Tampoco constituye propaganda la información de interés público (…) que debe ser difundida bajo cualquier formato por las personas servidoras públicas”, establece el decreto que considera a la promoción de la consulta de revocación, precisamente, como información de interés público.

La “interpretación” incluye también que la obligación de las personas servidoras públicas de la Federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México para aplicar con imparcialidad los recursos públicos y no influir en la equidad de la competencia entre partidos, consistirá en:

-La aplicación de recursos públicos, entendidos como la instrucción a personas servidoras públicas subordinadas por el cargo que se ejerce;

-La aplicación de recursos financieros para el pago directo de, o la ocupación de cualquier tipo de bien material propiedad pública bajo su cargo o con acceso a éste, de manera absolutamente ajena a la realización de reuniones públicas, asambleas marchas y, en general, aquellos actos que impliquen apoyo a personas aspirantes, precandidatas, candidatas o a partidos políticos antes, durante o después de campañas electorales.

El decreto aprobado por los diputados de la “4t” establece también que las sanciones aplicables “deberán ser aplicadas bajo el principio de estricto derecho. No podrán aplicarse sanciones por analogía o mayoría de razón”.

La enmienda fue aprobada exactamente a un mes de que se lleve a cabo la consulta de revocación de mandato. Cuando la Constitución también establece que no se puede modificar ninguna legislación electoral después de 90 días antes del proceso de que se trate.