Para “darle la vuelta” a recomendación de CNDH y no derogar ultrajes a la autoridad, propone Morena solo castigar la “violencia física” contra servidores públicos

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A pesar de que la recomendación de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos al gobernador de Veracruz fue derogar el tipo penal de ultrajes a la autoridad, el régimen busca darle la vuelta a la ley para mantenerlo.

Durante la sesión de este viernes de la Diputación Permanente de la LXVI Legislatura del Estado, el diputado local de Morena Luis Antonio Luna Rosales presentó una iniciativa de reforma a la fracción II y de derogación de la fracción IV del artículo 331 del Código Penal para el Estado de Veracruz, en la que propone conservar el tipo penal de ultrajes a la autoridad, con una modificación respecto de las conductas punibles.

En su iniciativa, el ex panista y ex delegado de la Secretaría de Economía en Veracruz del gobierno de Felipe Calderón, plantea “incorporar que la violencia con la que se cometa la conducta punible sea de naturaleza física”.

Esto, “a fin de otorgar herramientas a los servidores públicos que, en el ámbito de su competencia, auxilian en el alcance de un verdadero orden público, sin que ello implique que los particulares se encuentren impedidos de expresar sus inconformidades respecto de su actuación”.

El documento refiere que “es importante reglar (sic) las formas mediante las cuales las personas pueden interactuar con las autoridades, cuando éstas ejercen sus funciones respecto de aquéllas, dado que para garantizar un verdadero orden público es necesario que las personas otorguen respeto a las autoridades, puesto que la capacidad que tiene la autoridad para aplicar la ley mediante sus servidores públicos y el correcto desarrollo de sus atribuciones se traducen en una garantía para los ciudadanos, a efecto de que existan condiciones mínimas que permitan el pleno ejercicio de sus derechos”.

Según Luna Rosales, la base del tipo penal debe conservarse “al ser plenamente constitucional”, en tanto que los elementos que lo conforman “describen de forma adecuada el hecho que se considera como delito, sin soslayar el principio de legalidad, pues aun cuando sus verbos rectores ‘amenazar’ y ‘agredir’ pueden tener connotaciones tanto físicas como verbales, no debe considerarse como una restricción a los derechos humanos de los gobernados, verbigracia, el derecho humano a la libertad de expresión, pues en torno a tal derecho fundamental existen limitaciones impuestas por la propia Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.

Asimismo, propone derogar la fracción IV de ese mismo artículo, al ser contraria al principio de taxatividad, que reconocen los artículos 9 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Dicho numeral establece que se impondrán penas de cinco a siete años de prisión cuando el “ultraje” se realice “a través de cualquier otra circunstancia que disminuya las posibilidades de defensa o protección del sujeto pasivo o lo ponga en condiciones de riesgo o desventaja”.

La Diputación Permanente turnó la iniciativa de decreto a la Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales.