Aprueban en Senado Ley de Movilidad; establece límites de velocidad en todo el territorio nacional

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El pleno del Senado de la República aprobó por 104 votos a favor y dos abstenciones la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, la cual establece límites de velocidad a nivel nacional para zonas urbanas y autopistas, así como se establecen mecanismos que buscan reducir las muertes y lesiones graves ocasionadas por siniestros viales, así como para salvaguardar la vida e integridad física de las personas usuarias del sistema de movilidad.

La nueva ley que fue turnada a la Cámara de Diputados establece que se establecerán como límites de velocidad máxima en todo el país las siguientes: 30 kilómetros por hora en calles secundarias y calles terciarias.

De 50 kilómetros en avenidas primarias sin acceso controlado; 80 en carriles centrales de avenidas de acceso controlado;  80 en carreteras estatales fuera de zonas urbanas; 50 kilómetros dentro de zonas urbanas.

En autopistas y carreteras federales del país, el máximo de velocidad para automóviles particulares será 110 kilómetros por hora; 95 para autobuses y 80 kilómetros para camiones y tráiler.

Sin embargo, y a pesar de que en México se registran en promedio 44 muertes a causa de accidentes viales, no se contempla el tema de la regulación o prohibición de los camiones o tráiler doble remolque, ello pese al alto incidente de percances viales con miles de heridos y fallecidos cada año.