Anula TEV elección municipal en Jesús Carranza; confirma resultados en Orizaba

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En sesión pública virtual, el Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) resolvió el Recurso de Inconformidad 286, y sus acumulados 287, 289, 290 y 291, promovidos por los partidos políticos Unidad Ciudadana, Revolucionario Institucional, del Trabajo, Encuentro Solidario y Redes Sociales Progresistas, en contra de los resultados del cómputo municipal, la declaración de validez de la elección, y el otorgamiento de la constancia de mayoría, por actos relativos a la elección de la Presidencia Municipal de Jesús Carranza, Veracruz.

El TEV declaró la nulidad de la elección mencionada y, en consecuencia, revocar la declaración de validez, así como las constancias de mayoría expedidas a favor de la fórmula de candidaturas postuladas por el partido Morena a la Presidencia Municipal y Sindicatura del Ayuntamiento referido. El candidato a la alcaldía fue Luis Alfredo Pacheco

Se acreditaron actos de violencia al exterior de la sede del Consejo Municipal del OPLEV en Jesús Carranza, mismos que derivaron en la destrucción de paquetería y documentación electoral, que se cometieron de manera generalizada en dicho municipio, los cuales, a su vez, resultaron determinantes para el resultado de la elección.

En consecuencia, al haberse afectado gravemente los principios fundamentales de toda elección democrática, que permiten considerarla como expresión libre y auténtica de la soberanía popular, se declaró la nulidad de la elección de ediles de dicho Ayuntamiento.

Diez, va

Asimismo, el TEV confirmó los resultados consignados en el acta de cómputo municipal del Ayuntamiento de Orizaba, Veracruz, la declaración de validez de la elección, así como la entrega de las constancias de mayoría a favor de la fórmula de candidatos postulada por la Coalición “Veracruz Va”, encabezada por Juan Manuel Diez Francos.

En cuanto a las casillas impugnadas, del análisis de la documentación electoral, se declaró infundado e inoperante los agravios, en atención a que, por una parte, varias de las casillas impugnadas habían sido objeto de recuento, además de que no se logran acreditar las irregularidades aducidas y por otra, no son determinantes en el resultado de la votación recibida en casilla.

En relación al agravio relacionado con el rebase de tope de gastos de campaña, se declaró infundado, ya que, del Dictamen Consolidado de los gastos de campaña emitido por la Unidad Técnica de Fiscalización del INE, no se acredita que el candidato a la presidencia municipal de Orizaba, Veracruz, postulado por la Coalición “Veracruz Va”, haya rebasado el tope de gastos de campaña establecido por el Consejo General del INE para la elección de dicho municipio.
Además, se resolvió el procedimiento especial sancionador promovido por MORENA y el PVEM en contra de Juan Manuel Diez Francos, Hugo Chahín Maluly, en su calidad de precandidatos a la Presidencia Municipal del Ayuntamiento de Orizaba, postulados por la Coalición “Veracruz Va”, y en contra del Grupo Empresarial Diez-Fénix y Gasolinera Rojí S.A. de C.V., por presuntos actos anticipados de campaña y vulneración a las normas en materia de propaganda político-electoral, así como en contra de los partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional y de la Revolución Democrática, por culpa in vigilando, y así como en contra del Ayuntamiento de Orizaba. Al respecto, en el referido medio de impugnación, se declararon inexistentes los hechos denunciados.