La Suprema Corte de Justiciavolvió a rechazar un proyecto que hubiera matizado la aplicación de la prisión preventiva oficiosa.
Por segunda vez en menos de tres meses, el Pleno de la Corte no tuvo los ocho votos necesarios para impedir la imposición automática de esta medida cautelar, que el actual Gobierno ha impulsado con entusiasmo mediante varias reformas constitucionales y legales.
Solo cinco de los once ministros votaron a favor de un nuevo proyecto de su colega Luis María Aguilar,quien en septiembre pasado había propuesto declarar la inaplicación total del artículo 19 de la Constitución, que ordena a los jueces aplicar de manera oficiosa la prisión preventiva para un catálogo de 16 delitos.
La nueva propuesta establecía que la prisión preventiva oficiosa no debe ser automática, sino que, en todos los casos, tendría que existir un debate en el cual la fiscalía compruebe ante el juez la necesidad de mantener en prisión al acusado mientras se le juzga.
La nueva interpretación había sido sugerida en septiembre por el Ministro Juan Luis González Alcántara, pero solo fue aceptada por dicho Ministro y Margarita Ríos-Farjat, a quienes se sumaron tres de los cuatro que habían apoyado el proyecto original.
El Presidente Arturo Zaldívar, que apoyó el proyecto original, rechazó la interpretación de la nueva propuesta, e insistió en que la figura de la prisión preventiva oficiosa no puede ser aceptada porque viola derechos humanos reconocidos internacionalmente.
«Esta segunda interpretación no es sostenible Constitucionalmente, ni técnicamente, lo digo con todo respeto, es una creación artificial de nosotros como intérpretes», dijo Zaldívar.
Agregó que el artículo 19 es categórico al decir que los jueces «ordenaron» la prisión preventiva por los delitos que ahí se mencionan, por lo que no es posible interpretar que esto significa que el tema se puede abrir a debate entre defensa y fiscalía.