La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), determinó que el “Plan B” de la reforma electoral no podrá aplicarse en los comicios del Estado de México y Coahuila, debido a que incumplen con lo que marca el artículo 105 de la Constitución.
Ello, debido a que la reforma de Ley General Comunicación Social se publicó en diciembre pasado, con lo que se incumple los 90 días previos a un proceso electoral.
“Si bien es derecho vigente, no se puede emplear para los casos presentados en el marco de la elección de Coahuila, puesto que la reforma incumple la regla de los 90 días para ser aplicada en un proceso electoral, contenida en el artículo 105 constitucional”, dijo el magistrado Luis Espíndola Morales.
Esta decisión se da en el marco de la queja presentada por el partido de la Revolución Democrática y el coordinador de Movimiento Ciudadano en la Cámara de Diputados, Jorge Alvarez Máynez, luego del acto masivo que Morena llevó a cabo en Coahuila, en donde estuvieron presentes los aspirantes a la gubernatura por esa entidad y las llamadas “corcholatas” para el 2024.
Aclaró que tampoco se podrá aplicar la reforma en el proceso federal del 2024, dado que la Sala Superior del TEPJF, ya se pronunció al respecto, en materia de propaganda gubernamental, marzo cederle 2022 cuando se declaró inaplicable el decreto de interpretación auténtica del concepto de “propaganda gubernamental”, dentro del procedimiento de revocación de mandato.
Ese decreto permitía a los funcionarios públicos a hacer propaganda gubernamental sin ser sancionados por la autoridad electoral, en tanto, que los cambios en la Ley de Comunicación Social, que el presidente Andrés Manuel López Obrador pudiera continuar continuar con sus conferencias matutinas, desde donde se difunden logros de gobierno.