El ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación Jorge Pardo propuso a sus colegas eliminar de la consulta de Revocación de Mandato la pregunta de si el Presidente Andrés Manuel López Obrador debe seguir en su cargo hasta terminar el periodo para el que fue electo.
El Ministro distribuyó un proyecto de sentencia que declara fundado el reclamo de diputados de oposición en contra de la inclusión de una pregunta de ratificación del Ejecutivo, que no está prevista en la Constitución pero sí está contemplada en la Ley Federal de Revocación de Mandato.
El artículo 19 de la ley vigente dice: «La pregunta objeto del proceso, la cual deberá ser: ¿Estás de acuerdo en que a (nombre), Presidente/a de los Estados Unidos Mexicanos, se le revoque el mandato por pérdida de la confianza o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo?».
Pardo propuso eliminar la porción «o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo», para lo cual será necesario el voto de al menos ocho de los once Ministros.
El asunto será discutido por la Corte en los próximos días, pues ya fue incluido en la lista del Pleno, dado el carácter prioritario de los casos en materia electoral.
«El sistema normativo, en los términos en que fue aprobado por el legislador ordinario, contiene cierto sesgo o tendencia que llevarían a interpretar el mecanismo no sólo como uno de revocación de mandato, sino también como un ejercicio o consulta sobre la permanencia en el cargo o la ratificación del mismo; aspectos que se apartan del diseño del mecanismo de revocación de mandato previsto en el artículo 35, fracción IX de la Constitución Federal; lo que incide, además, en la afectación de los principios democráticos contenidos en los artículos 39, 40, 41 y 49 de la Ley Fundamental», dice el proyecto.
«Pensar lo contrario, daría al ejercicio la idea de ser un mecanismo de ratificación del mandato, noción que determinó de manera contundente eliminar el Constituyente Permanente», agrega.
Pardo también propuso eliminar la participación de los partidos políticos en la integración de las mesas directivas de casilla para la consulta.
«De la lectura de los preceptos impugnados, se tiene que son abiertamente contrarios al artículo 35 de la Constitución, en tanto que establecen que los partidos políticos podrán promover la participación ciudadana en el proceso de revocación de mandato, mientras que la Constitución expresamente señala que el INE y los organismos públicos locales serán la única instancia a cargo de la difusión de del proceso», explica.
El proyecto también determina omisiones legislativas sobre medios de impugnación y sanciones, que el Congreso tendría que remediar en su segundo periodo de sesiones de 2022.