El presidente de la Junta de Coordinación Política del Senado de la República, Ricardo Monreal Ávila, presentó un exhorto a la LXVI Legislatura del Congreso de Veracruz para que derogue el tipo penal de ultrajes a la autoridad.
Tal como lo había anunciado, el senador y coordinador de la bancada de Morena en la Cámara alta envió el referido exhorto este domingo 19 de diciembre, dirigido a la presidenta de la LXVI Legislatura del Estado, Cecilia Guevara.
En su escrito, Monreal apunta que la reforma realizada al Código Penal local el pasado mes de marzo, se adicionaron diversos supuestos que agravan la penalidad, lo cual, “aunado a la falta de certeza jurídica del tipo básico, ha ocasionado que la aplicación del tipo penal en comento se preste aún más a un ejercicio arbitrario en contra de personas por parte de cuerpos de seguridad pública o de procuración de justicia, en detrimento del derecho humano a no ser sometido a detenciones arbitrarias, según se ha podido constatar en casos como el de seis jóvenes que estuvieron cuatro meses privados de su libertad de manera injusta, debido a la aplicación discrecional de este delito”.
Afirmó que “lamentablemente, la justicia local actúa de manera parcial y subordinada, y en su resolución mantuvo en prisión preventiva oficiosa a los jóvenes que no habían cometido ningún delito. Por fortuna, un juez federal ordenó su liberación ante la falta de pruebas, pero como este caso hay otros de cientos de personas privadas de su libertad en centros de reclusión de Veracruz”.
Monreal Ávila subrayó que el contenido del tipo penal de ultrajes a la autoridad “se contrapone a la certeza que debe caracterizar a las normas jurídicas, sobre todo en esta materia, ya que, por sí mismo, el tipo penal básico de ultrajes a la autoridad puede contemplar un sinnúmero de opciones, dado que no se encuentra claramente definido qué se debe entender por “agredir” o “amenazar” a la autoridad, lo cual da lugar a interpretaciones confusas, ambiguas y vagas, atentando contra los principios de legalidad y seguridad jurídica, y ello, aunado a la pena agravada de 5 a 7 años de prisión, provoca que las personas imputadas lleven su proceso privadas de la libertad”.
Destacó en el exhorto que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sustentado la inconstitucionalidad del tipo penal de ultrajes a la autoridad, “dada la afectación a los principios de legalidad y seguridad jurídica de las personas destinatarias de la norma, lo cual conlleva una aplicación arbitraria por parte de las autoridades que tienen a su cargo la persecución de los delitos y la impartición de justicia”.
“De esta manera, se puede concluir que el artículo 331 del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, que contempla el delito de ultrajes a la autoridad, infringe el artículo 14, párrafo tercero, de la Constitución Federal, y que, si bien establece un tipo penal específico y una sanción, de su propio contenido no se advierte en forma clara y exacta la descripción típica, ya que dependerá del libre arbitrio de los operadores jurídicos la determinación respecto a si el actuar de los destinatarios de la norma se puede considerar amenaza o agresión, dado que no están debidamente desarrollados los elementos que comprenden estas conductas.
“Entonces, es posible considerar el delito de ultrajes a la autoridad como un tipo penal abierto y, consecuentemente, violar el derecho humano de la seguridad jurídica y exacta aplicación de la ley, pues los conceptos amenaza y agresión son de suyo amplios, al carecer de una definición específica para el tipo, por lo que en sí mismos generan falta de certeza en cuanto a conocer cuáles son las acciones que penalmente se consideran reprochables, es decir, la descripción típica no debe ser de tal manera vaga, imprecisa, abierta o amplia que permita la arbitrariedad en su aplicación”.
Por todo lo anterior, Ricardo Monreal solicitó al Congreso del Estado de Veracruz que “con pleno respeto a su autonomía y de acuerdo con el paradigma de los derechos humanos, lleve a cabo las acciones legislativas que correspondan para derogar el tipo penal de ultrajes a la autoridad, previsto en el Capítulo XIII del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, toda vez que su existencia ha dado lugar a eventos en los que se acusa de manera arbitraria a personas, privándolas de su libertad”.