La violencia vicaria y su legislación en México y Veracruz

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Por Aurelio Contreras Barrales

La violencia vicaria es un término acuñado recientemente en el vocabulario jurídico para referirse a un tipo de transgresión hacia la mujer a través de terceros, específicamente con quienes la víctima mantenga algún estrecho vínculo emocional, particularmente, los hijos.

La primera persona en hacer referencia a la violencia vicaria fue la psicóloga argentina Sonia Vaccaro en el año 2012. En su propia definición, la violencia vicaria es “aquella violencia que se ejerce sobre los hijos/as para herir a la mujer. Es una violencia secundaria a la víctima principal, que es la mujer. Es a la mujer a la que se quiere dañar y el daño se hace a través de terceros, por interpósita persona (…)”.

La violencia vicaria tiene distintas formas de manifestarse, desde buscar obtener la patria potestad en un juicio de divorcio con el objetivo de perjudicar a la madre, hasta el grado de asesinar a los propios hijos, en los casos más extremos, ya que acorde con la misma Vaccaro, la muerte de los hijos sería un duro golpe para la mujer del cual jamás se recompondría. Los estragos de estas transgresiones son dobles, ya que también pasan factura a los hijos ya que, si es que no son asesinados, las afectaciones psicológicas perduran por el resto de sus vidas.

Debido a la gravedad y frecuencia con la que ocurre este tipo de violencia –de acuerdo con la Universidad Complutense de Madrid, desde 2013 se han registrado más de 40 infanticidios cometidos por los padres de las víctimas mortales– y en medio de la reivindicación de la figura de la mujer en la sociedad, algunos países ya han discutido sobre la violencia vicaria, ya sea a través de pláticas, conferencias o acciones de gobierno, o desde sus propios ordenamientos jurídicos.

Por ejemplo, en España, desde 2015 el parlamento legisló sobre el tema, integrándola como una causal de pena. En Estados Unidos, si bien no es reconocida bajo este término, sí existe un programa trazado a nivel local, en la ciudad de Duluth, Minnesota, llamado “Duluth Model” y que fue elaborado a partir de 1981. Fue en este programa donde, por primera vez, se describió una conducta en la cual el hombre ejerce violencia contra la mujer a través de sus propios hijos y que tiende a dañar irreversiblemente a estos últimos.

En el caso de México, durante años se discutió sobre el tema, siendo su legislación una exigencia de los colectivos feministas en un país donde el 70 por ciento de la población femenina ha sufrido a lo largo de su vida algún tipo de violencia, y donde cada año son asesinadas más de tres mil mujeres como resultado del fenómeno feminicida que no es atendido por las autoridades.

Finalmente, a nivel nacional y a iniciativa de la diputada morenista Julieta Kristal Vences y la priista Marcela Guerra Castillo, finalmente se incluyó en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, se tipificó en el Código Penal y hasta le fue redactado un ordenamiento exclusivo, consagrado en la Ley Vicaria, la cual entró en vigor apenas el 17 de enero de este año, bajo decreto presidencial.

De acuerdo con la legislación, la violencia vicaria cuenta con una pena de hasta cinco años de prisión contra los agresores. Si bien este tiempo es demasiado breve, resulta ser ya un avance importante en la legislación mexicana para evitar que la violencia de género continúe en propagación y en su institucionalización para adquirir organismos capaces de brindar justicia a las víctimas.

Sin embargo, dado que vivimos en un sistema de gobierno de corte federalista, esta adhesión debe ser incluida en los códigos penales locales de todas las entidades federativas, para que finalmente pueda consolidarse como causal de tipo penal en todos los rincones del país. Si bien casi todos los estados han dado este paso, son contados los que, en la falta de empatía de sus legislaturas, no han dado cancha a titularlas en sus códigos.

Uno de ellos es Veracruz, una entidad con los mayores índices de violencia de género en todo el país. ¿Dónde está la Comisión de Igualdad de Género del Congreso local para poner en discusión ante el Pleno su integración a las leyes veracruzanas?

La respuesta es indignante, pero completamente cierta: haciendo campaña.