Este lunes fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la «Ley 3 de 3 contra la violencia» para que ninguna persona agresora o deudora alimentaria ocupe un cargo público o de elección popular.
Está ley consiste en reformas a los artículos 38 y 102 de la Constitución Mexicana que fueron aprobadas en consenso por parte de todas las bancadas en el Congreso de la Unión.
La modificación al artículo 38 constitucional estableció la suspensión de los derechos o prerrogativas a los ciudadanos que tengan sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal, contra la libertad y seguridad sexuales, violencia familiar.
En tanto, por la modificación al 102 se exige, a quien busque la titularidad de la Fiscalía General de la República, ser ciudadana mexicana por nacimiento, en ejercicio de sus derechos; tener cuando menos treinta y cinco años cumplidos el día de la designación; contar, con antigüedad mínima de diez años, con título profesional de licenciatura en derecho; gozar de buena reputación, y no haber sido condenada por la comisión de delito doloso.
Una vez publicada la reforma, entrará en vigor a partir de mañana, con lo que estará vigente para su aplicación en el proceso electoral de 2024, de forma que personas que hayan incurrido en alguno de los delitos señalados no podrán aspirar a alguno de los cargos que se renovarán el siguiente año.