SCJN determina que los contratos de compra de vacunas contra Covid se reservarán por cinco años

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La Suprema Corte de Justicia reservó hoy durante cinco años los datos sobre las condiciones esenciales de contratación, y los comprobantes de pago, para la compra de vacunas contra Covid-19 de Pfizer-BioNtech, AstraZeneca y Cansino.

Por amplias mayorías, el Pleno de la Corte declaró que difundir esta información implica un riesgo para la seguridad nacional, pues se violarían cláusulas de confidencialidad de los contratos y se pondría en peligro el suministro de vacunas.

Las tres empresas mencionadas han surtido casi 80 por ciento de los 225 millones de dosis recibidas por México.

La Secretaria de Relaciones Exteriores (SRE) ha difundido versiones públicas de los contratos, con censura de párrafos que detallan pagos, responsabilidades, garantías, datos personales, propiedad intelectual y los términos de las propias cláusulas de confidencialidad, mismos que seguirán sellados.

En diciembre de 2020, la Secretaría de Salud (Ssa) reservó la información por cinco años, el Instituto Nacional de Acceso a la información (INAI) redujo el plazo a dos años, pero la Corte lo volvió a extender a cinco años, el máximo que permite la ley, que se cuentan precisamente a partir de diciembre de 2020.

La Corte declaró fundados dos recursos promovidos por el Ejecutivo federal, previstos en la Ley de Seguridad Nacional, que permiten a los Ministros asumir las funciones del INAI y modificar por completo y en definitiva las resoluciones de este último.

Varios ministros argumentaron que prolongar la reserva es necesario, porque se desconoce el periodo de duración de la inmunidad que proveen las vacunas, la pandemia no ha terminado, el virus es impredecible, y no se sabe si México tendrá que negociar de nuevo con las farmacéuticas para incrementar el abasto.

En cuanto a la vacuna rusa de Sputnik, la SRE no ha difundido versión pública del contrato, pero la Corte confirmó la decisión del INAI de que no hay impedimento para hacerlo, siempre que aplique la misma reserva de cinco años para los datos relevantes.

Javier Laynez, en la mayoría, advirtió que las cláusulas de confidencialidad que aceptó el Gobierno no deben ser la base del fallo de la Corte, pues eso podría servir de pretexto para sellar todos los contratos.

Agregó que la base debe ser el contexto de emergencia generado por la pandemia, asi como la intensa competencia entre países para conseguir las vacunas.

«El contexto de pandemia desequilibra y desquicia a los Estados», dijo Margarita Ríos-Farjat, sumándose al cuestionamiento de Láynez.

En minoría, Norma Piña cuestionó que sean cláusulas contractuales, y no la naturaleza de la información, las que determinen que no se deben difundir datos sobre uso de recursos públicos.

Destacó que, en los contratos con AstraZeneca y Cansino, está permitido divulgar información si lo prevén las leyes, o por procedimientos administrativos o judiciales.

Alberto Pérez Dayan dijo que UNICEF ya ha publicado que México paga cuatro dólares por dosis de vacuna AstraZeneca, entre otros datos.

Entre 2021 y lo que va de 2022, la Consejería Jurídica del Ejecutivo ha promovido al menos 27 recursos ante la Corte para frenar resoluciones del INAI sobre acceso a la información sobre compra y aplicación de las vacunas.

En diciembre pasado, por ejemplo, la Corte suspendió la difusión de los lotes de vacunas recibidos de cada farmacéutica, el número de dosis en cada lote, los lugares de aplicación y los datos de los lotes que estaban almacenados.