“Decretazo” no es aplicable para revocación ni para elección de gubernaturas en 2022: funcionarios no pueden hacer propaganda electoral, determina TEPJF

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La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el “decretazo” aprobado por el Congreso de la Unión para permitir a los servidores públicos promocionar la revocación de mandato no aplica para dicho ejercicio de participación, ni para los procesos electorales en curso durante 2022.

Esto debido a que impacta reglas electorales fundamentales y no cumple con la temporalidad establecida en el artículo 105 de la Constitución, que dispone que cualquier reforma a esas reglas debe aprobarse y publicarse al menos 90 días antes del inicio de comicios.

Si bien reconocieron las facultades del Congreso para realizar interpretaciones de las leyes, los magistrados Rubén Lara y Luis Espíndola, así como la magistrada Gabriela Villafuerte, coincidieron en que no puede aplicarse en este momento por impactar reglas electorales fundamentales y no cumplir con la temporalidad establecida en el Artículo 105 la Constitución.

“El decreto supone una interpretación legislativa que no puede ser aplicada a los procesos electorales locales porque se trata de una modificación fundamental que se emitió una vez que estos procesos electorales ya habían iniciado y ello se encuentra expresamente prohibido en términos del 105, fracción segunda, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”, señaló el magistrado Luis Espíndola en su proyecto, que fue aprobado.

Este viernes, el presidente Andrés Manuel López Obrador llamó a participar en la revocación de mandato y aseguró que aunque no se lograr el porcentaje mínimo de participación para que sea legalmente vinculatoria, “si la pierdo, me voy”.