SCJN rechaza modificar pregunta de revocación de mandato, pero prohíbe a partidos políticos promocionarla

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La pregunta que se realizará en la consulta de revocación de mandato del presidente Andrés Manuel López Obrador no se modificará y quedará como originalmente la redactó el Congreso de la Unión, luego que la propuesta de acortarla fue rechazada por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

La propuesta del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo de modificar la pregunta y eliminar la parte en la que se plantea a la ciudadanía si desea que el presidente López Obrador termine su sexenio, se quedó a un voto de los que necesitaba para ser avalada.

El ministro Pardo consideró que la parte de “o siga en la Presidencia hasta que termine su periodo” es una segunda pregunta que abre la puerta a una ratificación del cargo.

La pregunta queda así: “¿Estás de acuerdo en que a (nombre), Presidente/a de los Estados Unidos Mexicanos, se le revoque el mandato por pérdida de la confianza o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo?”.

Durante la misma sesión, la SCJN anuló la participación de los partidos políticos en la promoción de la revocación de mandato de López Obrador, aunque en contraste, consideró que es válido permitir a sus representantes en las casillas durante la consulta, prevista para el 10 de abril.

Por ocho votos contra dos, la Corte anuló hoy el último párrafo del artículo 32 de la Ley Federal de Revocación de Mandato, que establece que los partidos «podrán promover la participación ciudadana» en la revocación, ya que es abiertamente contrario al 35 de la Constitución que reserva esa facultad en exclusiva al Instituto Nacional Electoral (INE) y los organismos electorales estatales.

«El Constituyente no previó la más mínima participación de los partidos en la revocación, sino que puso reglas que de manera categórica privilegian la participación directa de la ciudadanía», afirmó la Ministra Norma Piña.

«La participación de los partidos desde el primer momento sería trasladar la contienda electoral ya perdida a un ejercicio de revocación», advirtió Alberto Pérez Dayan.

Mientras que Javier Laynez destacó que, en situaciones de gobierno dividido, los partidos de oposición podrían aprovechar para convertir las revocaciones en elecciones anticipadas.

Las disidentes fueron las ministras Loretta Ortiz y Yasmín Esquivel. Esta última dijo que no se puede limitar la libertad de expresión de los partidos y sostuvo que el artículo 41 de la Constitución les da participación en los procesos democráticos.

Laynez replicó que no se puede mezclar el 41, que regula las elecciones ordinarias, con el 35, que estableció específicamente las reglas para la revocación de mandato, que no es un proceso electoral para acceder a cargos públicos.

En el tema de los representantes partidistas en las casillas, el ministro Jorge Pardo también propuso la invalidez, pero solo tuvo el apoyo de la ministra Piña, pues el resto consideró que la Constitución no es categórica en prohibir su presencia, como sí lo es tratándose de la promoción de la consulta.

Alfredo Gutiérrez explicó que la prohibición de promover la revocación sólo aplica hasta antes del día de la consulta, mientras que Margarita Ríos-Farjat señaló que los partidos pueden fungir como coadyuvantes para garantizar la legalidad de la jornada.

La Corte discutirá el jueves si el Congreso incurrió en omisiones legislativas, al no prever en la ley medios de impugnación ni sanciones adecuados para el proceso de revocación de mandato.