Diputadas y diputados de la LXVII Legislatura aprobaron, con 45 votos, sin abstenciones o votos en contra, la Ley de Ingresos del Gobierno del Estado de Veracruz para el Ejercicio Fiscal 2026, la cual prevé que los ingresos presupuestarios del sector público estatal asciendan a 177 mil 408 millones 439 mil 386 pesos.
En la discusión del dictamen se determinó eliminar dos propuestas de gravamen estatal: el Impuesto a la Venta Final de Bebidas con Contenido Alcohólico y el Impuesto por la Emisión de Contaminantes en el Agua, con los cuales se preveía una recaudación de 15 millones de pesos.
Para compensar esos ingresos se plantea un ajuste al Impuesto sobre Nómina, el cual pasará de 5 mil 460 millones de pesos a 5 mil 475 millones de pesos, es decir, un incremento proyectado de 15 millones de pesos.
La propuesta plantea que las proyecciones que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) estimó para 2026, sugieren un escenario de crecimiento moderado, una inflación gradualmente convergente y una Tasa de Interés de Referencia, datos que impactan la transferencia de recursos federales que corresponden a Veracruz, por lo que la Ley de Ingresos estatal prevé una “política fiscal realista y eficiente que alinea las metas de recaudación con la disciplina fiscal y las expectativas macroeconómicas”.
En la Ley de ingresos programados para 2026, refiere el dictamen, se destaca el compromiso con la equidad, sostenibilidad y eficiencia en la recaudación, anteponiendo finanzas públicas equilibradas y sanas; ejercicio responsable del gasto público, atención prioritaria a todos, ejercicio presupuestal con reducción de deuda pública estatal e incremento sostenido de fuentes de ingresos de libre disposición.
Los ingresos percibidos serán recaudados por la Sefiplan, por medio de la Oficina Virtual de Hacienda y la red de Cajeros Automáticos, y cuando lo autorice el Ejecutivo, por conducto de las Oficinas de Hacienda, las Cobradurías y los Organismos Descentralizados del Estado.
Cuando se otorgue prórroga o se autorice el pago en parcialidades de los créditos fiscales se aplicará opciones y tasa de recargos sobre los saldos y parcialidades acordadas: hasta 12 meses, la tasa de recargos 1.0 por ciento mensual; más de 12 meses hasta de 24 meses, la tasa de recargos será de 1.5 por ciento mensual, y en más de 24 meses hasta de 48, así como de pagos a plazo diferido, la tasa de recargos a considerar será de 2.0 por ciento mensual.
La Sefiplan podrá autorizar el pago en parcialidades de los adeudos por contribuciones y sus accesorios causados en ejercicios fiscales anteriores, cuyo importe mínimo sea equivalente a 10 Unidades de Medida y Actualización (UMA) en la fecha de la solicitud que presente el contribuyente ante la autoridad fiscal.
En el mismo sentido, se autorizó que dicha dependencia tenga la facultad de administrar y recaudar el impuesto predial de los municipios que lo soliciten, previa celebración del Convenio de Colaboración Administrativa avalado por el Congreso del Estado.