TEV acreditó Violencia Política de Género del dirigente estatal del PAN Federico Salomón y del extesorero Roberto Ramírez Archer; los inscribe en padrón de violentadores dos años y no podrán ser candidatos

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El Tribunal Electoral de Veracruz determinó la existencia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género ejercida en contra de la actual diputada local Montserrat Ortega Ruiz, durante el ejercicio de sus funciones como secretaria de Promoción Política de la Mujer del PAN en Veracruz, por parte de Federico Salomón Molina, presidente del Comité Directivo Estatal del partido.

En la sentencia TEV-JDC-443/2025, el Tribunal no sólo acreditó la violencia, sino que reconoció la reincidencia, ya que Federico Salomón ya se encontraba inscrito por un año en el Registro Nacional de Personas Sancionadas por Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género.

Con esta nueva sentencia, el Tribunal ordena la ampliación del periodo de inscripción en el registro, pasando de un año a dos años, lo que genera consecuencias constitucionales directas:

Federico Salomón no podrá ser registrado como candidato a ningún cargo de elección popular ni de representación proporcional, mientras permanezca inscrito como violentador, conforme a la reforma constitucional conocida como “3 de 3 contra la violencia”, que establece que ninguna persona sancionada por violencia contra las mujeres puede acceder al poder público.

Resulta relevante señalar que esta reforma constitucional fue impulsada, promovida y defendida por la propia diputada local panista Montserrat Ortega Ruiz, como parte de la Ley 3 de 3 contra la violencia, cuyo principio es claro y contundente:

Hoy, la responsabilidad no solo es legal, sino también política. La permanencia de Federico Salomón en cargos partidistas contraviene la Constitución, los estatutos del PAN y el principio democrático de igualdad y no violencia.

“El Pleno de este Tribunal Electoral determina que los ciudadanos Federico Salomón Molina y Roberto Ramírez Archer, presidente y encargado de la Tesorería, ambos del Comité Directivo Estatal del PAN en Veracruz, deberán inscribirse como personas sancionadas por una temporalidad de 24 meses en los Registros Local y Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género”, establece el fallo.