La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó invalidar el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, denominado Panaut. El Pleno del máximo tribunal del país declaró la invalidez del sistema normativo que integra el decreto de reformas a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, mediante el cual se creó y regula dicho padrón.
De acuerdo con la ministra Norma Lucía Piña, encargada de elaborar el proyecto de sentencia, este padrón «impone una afectación a los derechos humanos a la privacidad, intimidad y protección de datos personales y sensibles que no resulta razonable ni justificada». Por su parte, el ministro presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar, expuso que el acceso a los datos biométricos de la persona que se encuentra registrada en una línea telefónica es insuficiente para vincularla con la comisión de un delito relacionada con ésta.