El secretario general del Congreso de Veracruz, Domingo Bahena Corbalá, decidió dar vacaciones decembrinas diferenciadas entre los trabajadores sindicalizados y los no sindicalizados, lo que constituye una práctica discriminatoria.
En un oficio enviado este martes 9 de diciembre, Bahena Corbalá notificó que los trabajadores de base sindicalizados gozarán de 20 días de vacaciones en el periodo invernal 2025, conforme a las Condiciones Generales de Trabajo.
Sin embargo, el “resto del personal”, es decir, los trabajadores no sindicalizados, únicamente tendrán 11 días de descanso.
Para el abogado laboral Juan José Llanes esta medida tomada dentro del Congreso del Estado es discriminatoria, ya que parte de supuestos erróneos: que solo los trabajadores sindicalizados son considerados de base; y que únicamente a ellos les resultan aplicables las Condiciones Generales de Trabajo.
El abogado aclaró que un trabajador de base puede estar o no sindicalizado, y en ambos casos debe gozar de los mismos beneficios. Además, si bien los trabajadores de confianza no pueden sindicalizarse y no les aplican las Condiciones Generales de Trabajo, a los de base sí, sin importar su afiliación.
Explicó que el Poder Judicial Federal ya ha resuelto que negar beneficios a trabajadores de base no sindicalizados viola el Convenio 87 de la OIT sobre libertad sindical; el artículo 123, apartado B, fracción X, de la Constitución mexicana, que garantiza el derecho a no formar parte de un sindicato sin perder beneficios laborales.
Para Llanes, la decisión del Congreso constituye una violación directa a los derechos humanos laborales, pues despoja de beneficios a quienes deciden no afiliarse al sindicato mayoritario. “Lo que ocurre es que no se termina de entender que los derechos laborales de los trabajadores de base son universales, no condicionados a la afiliación sindical”, enfatizó.