Tengan su “libertad de expresión”: protesta personal de Radio Teocelo, denuncian censura y acoso judicial desde órganos electorales

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En el marco del “Día de la Libertad de Expresión” en México, este sábado 7 de junio comunicadores y personal de Radio Teocelo se manifestaron en la plaza Lerdo –también llamada “Regina”, en honor a la periodista asesinada Regina Martínez- de Xalapa para exigir “un alto al hostigamiento político y a la censura sin fundamento”.

Durante la protesta pacífica, los periodistas afirmaron que la libertad de expresión es un derecho fundamental, no una concesión del Estado. “No hay democracia sin libertad de prensa”, sostuvieron en su posicionamiento público, luego de que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ratificara una sentencia y sanciones en contra del medio comunitario por supuesta violencia política de género contra una candidata a una alcaldía.

Mariana Riveros, una de las voceras del colectivo, recordó que Radio Teocelo está por cumplir 60 años de labor comunicativa, pero lamentó que en el último año uno de sus colaboradores, el director de Radio Teocelo, Elfego Riveros, fuera sancionado por presunta violencia política en razón de género.

“Vivimos en un país donde no se le permite a los medios ejercer su labor de informar. No podemos hablar de democracia si se castiga a quienes cuestionan el poder”, fueron las consignas.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) sentenció a Radio Teocelo a pagar una multa de 10 mil 857 pesos y a ofrecer una disculpa pública en la emisora y en su sitio web a la ex candidata del Partido Verde-Morena a la alcaldía de Teocelo, Veracruz, Mara Chama Villa.

El caso viene desde 2024, cuando la emisora y el periodista comunitario Elfego Riveros fueron denunciados por violencia política en razón de género (VPG) luego de la transmisión de un spot en el que, sin mencionar ningún nombre, cuestionaba prácticas de corrupción y nepotismo político. Dicha denuncia fue desestimada en dos ocasiones, hasta que otro tribunal revocó la sentencia.

La sentencia

En su reciente fallo el TEPJF también ordenó publicar en un espacio físico de la emisora la sentencia para que la gente la pueda leer y denunciar contra la radio si lo consideraban necesario. También ordenó a la emisora a inscribirse en el “Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política en Razón de Género del INE” y en el “Catálogo de Sujetos Sancionados en los Procedimientos Especiales Sancionadores”.

Censura encubierta

Para el asesor legal de varios medios comunitarios e indígenas, Érick Huerta, la resolución de la Sala Superior del Tribunal Electoral implica “una censura encubierta”, pues “se realiza a través de chicaneras legales para coartar la libertad de expresión y proteger la corrupción” de políticos o figuras públicas.

El también coordinador general de la organización Redes por la Diversidad Equidad y Sustentabilidad (Redes), afirmó que el fallo es controvertido porque no hay un evidente acto de VPG, motivo por el cual la queja fue desechada en dos instancias previas.

“Hay una prevalencia de los derechos individuales frente a derechos colectivos”, afirmó el abogado, pues se usa la VPG para limitar derechos como a la información, libertad de expresión y el ejercicio periodístico; en cambio, se protege a personas que no se encuentran en posición de desigualdad pues cuentan con muchos recursos.

Ordenar que se bajen los contenidos de otros medios y evitar que se publique más sobre el tema con el argumento de no “revictimizar”, es una censura equiparable a los sonados casos de la ministra Yazmín Esquivel, donde tribunales impidieron que se difundiera el tema del plagio de tesis; del gobernador de Nuevo León, Samuel García, quien registró su nombre como marca y con ello obligó a bajar de plataformas videos donde se le mira en estado de ebriedad con el argumento de que se violaban derechos de marca; y el caso del periodista Héctor de Mauleón, quien fue ordenado a bajar una columna suya donde abordaba contubernios entre el Poder Judicial de Tamaulipas y grupos huachicoleros, señaló Huerta.

Nos sentimos ninguneados

Ante la imposibilidad de impugnar dicha sentencia, pues se trata de la sala superior, Radio Teocelo ya ha dado la disculpa pública pero bajo protesta, ante lo que consideró un “vergonzoso episodio de justicia electoral” que no valoró debidamente las pruebas y sus argumentos.

La emisora urgió a que existan tribunales de disciplina judicial que “llamen a cuentas a juzgadores que emitan resoluciones negligentes, no exhaustivas y parciales”. El periodista comunitario, Elfego Riveros, afirmó que la sentencia confirma “una sistemática persecución contra la emisora”.

“Nos sentimos castigados, señalados, ninguneados pero no nos van a callar, vamos a seguir porque hay derechos constitucionales, la libertad de expresión y el derecho a la información”, que la emisora, sin fines de lucro, sin afinidad a gobiernos ni partidos políticos, ha ejercido por 60 años, afirmó.

Confirmó que el 3 de junio llegó a la emisora otro requerimiento judicial, pero este del Tribunal Electoral de Veracruz, donde Mara Chama Villa acusa que por culpa de Radio Teocelo y la información replicada por otros medios que respaldaron la trayectoria de la emisora comunitaria, perdió la elección del pasado domingo 1 de junio.

Elfego adelantó que Radio Teocelo tiene disposición de llevar el caso a instancias internacionales como puede ser la Corte Interamericana de Derechos Humanos, propuesta que ha surgido del Comité Nacional de Radios Comunitarias Indígenas y Afromexicanas, donde se agrupan 22 emisoras comunitarias.

El mismo comité exigió el respeto irrestricto a la autonomía editorial de los medios comunitarios, indígenas y afromexicanos” y alertó del riesgo que jueces y magistrados “ajenos a la realidad de los pueblos, emitan sentencias que ignoren el contexto y desprecian la función social de los medios comunitarios”, señaló Melquiades Rosas, de Radio Nahndia e integrante del comité.

Disenso de magistrados

Durante la sesión de la Sala Superior del TEPJF donde se emitió la sentencia contra Radio Teocelo, la magistrada Janine Otálora y el magistrado Reyes Rodríguez tuvieron un voto particular contra el fallo al argumentar que a los periodistas comunitarios les asiste la razón.

Otálora y Rodríguez afirmaron que los materiales periodísticos denunciados no buscan menoscabar derechos político-electorales de la denunciante “sino informar, evidenciar y reprochar presuntas conductas de personas servidoras públicas para favorecer a sus familiares, lo que es de interés general y su difusión está protegida por la libertad de expresión y la protección reforzada de que goza el periodismo”.

Plantearon que dichos materiales no se basan en elementos de género, no se enfocan en la denunciante por ser mujer, sino en el nexo familiar que presuntamente ha favorecido a la denunciante para conseguir la candidatura. Por el contrario, añadieron, el debate público entre periodistas y personas señaladas de nepotismo es la vía para discutir estos temas.

“No se debe permitir que las luchas y logros de las mujeres se utilicen para hacer a un lado la crítica y la exposición de información de relevancia pública en el contexto de una contienda electoral”, por lo que la resolución de la mayoría del tribunal inhibe el escrutinio de las candidaturas y genera incertidumbre sobre lo que pueden o no hacer periodistas sin recibir un reproche jurídico, apuntaron.

 

Con información de La Coperacha