Ya que no hagan elecciones entonces: propone Verde que Congreso designe regidores ante renuncias; ley ya prevé la creación de Concejo Municipal

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En la Cuarta Sesión Ordinaria del Segundo Período Ordinario del Primer Año de Ejercicio Constitucional, el diputado local del Partido Verde, Carlos Marcelo Ruiz Sánchez, presentó una iniciativa que propone que el Congreso del Estado tenga entre sus atribuciones solicitar al Organismo Público Local Electoral (OPLE) que determine los candidatos elegibles para ocupar los cargos vacantes de regidores (propietarios y suplentes) en situaciones de crisis de quórum municipal por renuncia de ediles.

Ejercería esta atribución bajo tres condiciones: que se haya aceptado formalmente la renuncia de uno o varios regidores propietarios o suplentes, que dichas renuncias aceptadas provoquen la inexistencia de quórum legal para que el Cabildo pueda sesionar válidamente, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica del Municipio Libre, y que la decisión del Congreso para realizar esta solicitud al OPLE requiera la aprobación de las dos terceras partes de sus integrantes presentes.

El legislador aseguró que la intervención del Congreso sería subsidiaria y extraordinaria, puesto que “no se trata de una intromisión indebida en la autonomía municipal, sino de un mecanismo de salvaguarda institucional activado únicamente cuando el propio municipio, por la vía de las renuncias de sus integrantes, se coloca en una situación de imposibilidad para autogobernarse por falta de quórum”.

Según él, lejos de debilitarla, esta medida busca “preservar la viabilidad de la autonomía municipal” al proveer una solución para que el Ayuntamiento pueda seguir funcionando. “Un municipio paralizado no es un municipio autónomo en la práctica”, dijo.

Sin embargo, la ley ya prevé que ante situaciones de ingobernabilidad, el Congreso del Estado decrete la desaparición de poderes y la creación de un Concejo Municipal que asuma las funciones del gobierno elegido por la vía de las urnas.

La iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona el inciso d) a la fracción IX del Artículo 33 de la Constitución Política del estado fue turnada a las Comisiones Permanentes Unidas de Justicia y Puntos Constitucionales y de Organización Política y Procesos Electorales.