Celebrando la impunidad

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Sobre el “amparo concedido” a Claudia Tello que no es tal

Por Juan José Llanes

Antes que nada, preciso que el suscrito, como abogado, NADA TIENE QUE VER, con el asunto del que me ocuparé en estas líneas. Simplemente, como ciudadano y como parte del gremio litigante, me preocupa la forma tendenciosa en que el gobierno de Veracruz, en este régimen, está decidiendo presentar la información.

Este cuatro de marzo, se divulga la información cuyo encabezado literalmente anuncia: “Claudia Tello gana protección de la justicia federal para no ser arrestada”.

Debe recapitularse que la información emanada de las instancias del Poder Judicial Federal es de carácter público y se puede consultar en línea. Empero, acceder a ella (lamentablemente), no es tan sencillo porque el sitio web del que emana (la página del Consejo de la Judicatura Federal), es un auténtico laberinto. De ahí, que se me genera la sospecha de que la información que se habría obtenido fue proporcionada por el propio gobierno.

Así como se presenta resulta tendenciosa. A Claudia Tello NO le conceden un amparo, sino que se decretó UNA SUSPENSIÓN PROVISIONAL (primero, ahora ya definitiva), en contra de una orden de arresto emanada del Tribunal burocrático estatal que la dispuso como medida de apremio por el desacato al cumplimiento de la orden de acatar un fallo.

La orden de arresto/presentación (en los dos casos medidas restrictivas de la libertad), cuando se impugnan a través del juicio de amparo indirecto, en automático obtienen una medida cautelar, en este caso, la suspensión (provisional, primero; definitiva, después).

Tratar de presentar el tema como que una funcionaria de este gobierno «ganó un amparo», con el subyacente mensaje de que sería «porque tiene la razón la SEV», y no el trabajador o trabajadores involucrados en el juicio de origen, resulta inexacto.

El Tribunal de Conciliación y Arbitraje dispone (por ejemplo), órdenes de arresto, de presentación o multas, como medidas netamente persuasivas para vencer la contumacia de servidores públicos a acatar sus disposiciones.

Creo que el punto que debe destacarse es que el Tribunal burocrático debiese hacer algo QUE DECIDE NO HACER en casos como ese: SE RESISTE A DARLE VISTA a la Fiscalía ante el flagrante delito de incumplimiento de un deber legal, y prefiere emitir órdenes de arresto destinadas a NO CUMPLIRSE NUNCA, ya sea porque se promueven amparos como el referido, o la Secretaría de Seguridad Pública contesta que “no pudo localizar” a la persona que se ordenó arrestar. NUNCA EN LA HISTORIA DE LA JUSTICIA BUROCRÁTICA HA SIDO ARRESTADO un servidor público contumaz a una orden judicial.

La novedad, entonces, creo, es la decisión del gobierno de visibilizar esos temas, en lugar de EXPLICAR porqué decidió incumplir un fallo judicial, y nada hacer para que el desacato no quede IMPUNE.

La impunidad se celebra, pues.