La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) reprobó la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa en México y pidió que adecuar su ordenamiento jurídico a los lineamientos internacionales.
La CIDH vio transgresión a los derechos humanos en el caso de dos reos en el Estado de México, a quienes además de que se les impuso la prisión preventiva oficiosa por 17 años, también sufrieron tortura.
Se trata de Daniel García Rodríguez y Reyes Alpízar Ortíz, quienes fueron acusados del asesinato de la regidora Atizapán, María de los Ángeles Tamés, en 2001.
Éstas personas permanecieron en espera de su sentencia por 17 años y fue hasta 2022 cuando los condenaron a 35 años de prisión.
El organismo estableció que el lapso excedió el plazo razonable para la espera de una sentencia condenatoria, de igual manera, señaló que Daniel García Rodríguez denunció haber sufrido maltrato físico y psicológico por parte de las autoridades del Ministerio Público.
La CIDH insistió en la revisión de la medida cautelar en nuestro país y condenó el uso de la tortura como método para obtener confesiones.
“El uso de la tortura como mecanismo para obtener confesiones o antecedentes incriminatorios del imputado o acusado no puede tener otra consecuencia que la exclusión de la prueba”, sentenció.
Finalmente, manifestó que los responsables de actos de tortura deben ser castigados y compensar a las víctimas con el pago de una indemnización.