El Juzgado Sexto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México concedió una suspensión para la entrada en vigor del Programa Piloto del nuevo Plan de Estudios de Educación Básica que aplicará la Secretaría de Educación Pública (SEP) en 960 escuelas públicas, por considerarlo inconstitucional, ante lo cual analizará la constitucionalidad del Modelo Educativo.
Esto como resultado de un amparo promovido por la asociación civil Educación con Rumbo que argumenta que el nuevo plan de la SEP viola por lo menos cinco artículos de la Constitución, y no fue sometido a consulta ante el Consejo Nacional de Participación Escolar en la Educación (Conapase).
Dicho amparo fue radicado en el Juzgado Sexto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México. El abogado constitucionalista Miguel Ángel Ortiz, representante de Educación con Rumbo, sustentó que el artículo 28 de la Convención sobre Derechos del Niño establece que la educación que imparta el Estado debe realizarse en condiciones de igualdad, por lo cual, refirió que el Programa Piloto de la SEP es inconstitucional al establecer dos modelos de educación: uno para 960 escuelas públicas que no cumple con el estándar de calidad, que no cuenta con la certeza de los planes, programas y material educativo que servirán de base, además de que los maestros no hayan sido previamente capacitados; y otro para el resto de escuelas públicas y privadas.
Adicionalmente, el abogado Ortiz de la firma Cuatrecasas, afirmó que no existe justificación legal para que la SEP únicamente implemente el Programa en escuelas públicas, por lo que el modelo que se aplicará a los niños de las 960 escuelas públicas es discriminatorio y se trata de un modelo “prueba-error”, el cual calificó de experimental y, por ende, inconstitucional al tratarse de un Programa que no garantiza la educación científica ni de calidad en condiciones de igualdad como lo establece la Constitución.