Anulan elecciones municipales de Amatitlán y Tlacotepec de Mejía

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La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) anuló las elecciones municipales de Amatitlán y Tlacotepec de Mejía y revocó la entrega de las constancias de mayoría y validez expedidas a favor de las fórmulas postuladas por la coalición “Juntos Haremos Historia en Veracruz” -integrada por Morena, PVEM y PT- en el primer municipio, y por Podemos en el segundo.

Lo anterior, al revocar dos sentencias del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) que desecharon de plano las demandas presentadas en contra de la validez de las citadas elecciones municipales por considerarlas extemporáneas.

El Pleno de la Sala arribó a tales determinaciones al considerar que se acreditó que las planillas que resultaron ganadoras en los municipios de Amatitlán y Tlacotepec de Mejía rebasaron por más del 5 por ciento el tope fijado de gastos de campaña, lo cual resultó determinante para el resultado de las elecciones, al existir una diferencia entre los primeros y segundos lugares menor al 5 por ciento de la votación.

De ahí que al acreditarse los elementos de la causal de nulidad de referencia, se declaró la nulidad de las respectivas elecciones y, en consecuencia, se vinculó entre otras autoridades al Consejo General del Organismo Público Local Electoral de Veracruz (OPLEV) para que emita las convocatorias para la celebración de las elecciones extraordinarias correspondientes.

La Sala Regional Xalapa también confirmó la resolución INE/CG1749/2021 emitida por el Consejo General del INE que declaró actualizadas las infracciones consistentes en ingreso no reportado, aportación de ente prohibido y rebase de tope de gasto de campaña de la fórmula de la planilla de candidaturas a la presidencia municipal de Amatitlán, Veracruz, postulada por la Coalición “Juntos Haremos Historia en Veracruz”.

Lo anterior, al considerar que el Consejo General del INE actuó correctamente en el proceso de fiscalización al analizar los planteamientos del denunciante y valorar las pruebas, además, de que la parte actora en la apelación no formuló agravios eficaces para acreditar las irregularidades que afirmó existieron al momento de determinar la matriz de precios y la individualización de la sanción.

Por último, en la misma sesión pública, la Sala Regional Xalapa confirmó las sentencias del Tribunal Electoral del Veracruz (TEV) que, a su vez, confirmaron los acuerdos OPLEV/CG371/2021 y OPLEV/CG375/2021 emitidos por el Consejo General del Organismo Público Local Electoral de Veracruz (OPLEV), por los que se realizaron las asignaciones supletorias de regidurías por el principio de representación proporcional (RP) en los municipios de Catemaco, Coatzacoalcos, Tuxpan y Xalapa.